El subsidio por desempleo para mayores de 52 años, gestionado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), no solo proporciona una ayuda económica a los desempleados de este grupo de edad, sino que también ofrece la posibilidad de cotizar para una pensión de jubilación. A continuación, se explican los detalles sobre cómo este subsidio puede facilitar una jubilación anticipada y qué factores deben considerarse.
Beneficios del Subsidio y Cotización para la Jubilación
El subsidio para mayores de 52 años se caracteriza por permitir que los beneficiarios coticen para su pensión de jubilación al 125% de la base mínima de cotización. Esto significa que, aunque el subsidio es de 480 euros al mes (equivalente al 80% del IPREM), la cotización se realiza como si se estuviera cobrando 1.575 euros. Este aspecto resulta crucial para quienes planean una jubilación anticipada.
Requisitos para la Jubilación Anticipada
Para los perceptores de este subsidio, la jubilación anticipada es una opción viable bajo ciertas condiciones. Los beneficiarios pueden optar por jubilarse de manera anticipada al cumplir los 63 años, siempre y cuando hayan cotizado al menos 38 años. En caso de no alcanzar este período de cotización, deberán esperar hasta los 64 años y medio para jubilarse, con la condición de tener 35 años cotizados o 34 si se cuenta el servicio militar.
Para acceder a una pensión contributiva, es necesario tener acreditados al menos 15 años de cotización, aunque en este caso la pensión será proporcional, con un máximo del 50% de la base reguladora.
Consideraciones para Elegir la Jubilación Anticipada
Decidir si jubilarse anticipadamente o esperar a la edad ordinaria de jubilación depende del tiempo cotizado. El SEPE recuerda que el subsidio puede percibirse hasta alcanzar la edad de jubilación ordinaria, que en 2024 está fijada en 66 años y 6 meses. Si no se cuenta con los 38 años de cotización necesarios para una jubilación anticipada completa, puede ser más conveniente esperar para maximizar los beneficios.
Modificaciones del Subsidio desde 2019
El Real Decreto-ley 8/2019 introdujo cambios significativos en el subsidio para mayores de 55 años, que ahora se puede acceder a partir de los 52 años. Entre las modificaciones, se destaca que se puede acceder al subsidio si se han agotado prestaciones previas y se ha estado inscrito como demandante de empleo, sin considerar interrupciones menores a tres meses.
Además, durante el tiempo que se percibe el subsidio, se cotiza al 125% de la base mínima, y la cuantía del subsidio es del 80% del IPREM, que actualmente es 430,27 euros. Los requisitos incluyen haber cotizado al menos seis años y cumplir con las condiciones para acceder a una pensión contributiva de jubilación en la Seguridad Social.
Información Adicional
Para los actuales beneficiarios del subsidio para mayores de 55 años, las nuevas disposiciones se aplicarán de oficio por el SEPE, sin necesidad de realizar trámites adicionales.
Para más detalles, los interesados pueden consultar la página oficial del SEPE aquí.