La Cátedra del Tajo de la UCLM-SOLISS ha señalado la importancia de no posponer hasta 2027 la implementación de los caudales ecológicos en el Tajo medio, de acuerdo con lo estipulado en el Plan Hidrológico vigente. Esta postura se fundamenta en que estas áreas se encuentran dentro de las zonas Red Natura 2000, que están protegidas debido a su relevancia para hábitats y especies.
El análisis de la Cátedra destaca que, en el Plan Hidrológico actual, existen tres escalones para los caudales mínimos en las masas de agua del Tajo medio: los establecidos hasta 2025, los correspondientes al año 2026 y el caudal ecológico mínimo programado a partir de 2027. Sin embargo, la Cátedra advierte que este último escalón debería ser el único aplicable a partir de ahora, ya que representa el caudal ecológico mínimo.
Desde la Cátedra se recuerda que los objetivos ambientales marcados por la Directiva Marco del Agua (DMA) para toda la Unión Europea apuntaban a alcanzar un buen estado de las masas de agua en 2015. Esta fecha solo podía ser prorrogada, de acuerdo con la normativa, por razones técnicas que impidieran el cumplimiento en plazo, por costos desproporcionados o por condiciones naturales adversas. Además, enfatizan que no se puede permitir deterioro alguno en las masas afectadas.
Particularmente en las masas de agua ubicadas en zonas protegidas, se argumenta que la DMA y el Tribunal Supremo reafirman que no se pueden otorgar prórrogas en el cumplimiento de los objetivos ambientales. “Deberían haber estado en buen estado en el año 2015”, subrayan desde la institución.
La Cátedra resalta la relación crítica entre los caudales ecológicos y el logro de los objetivos medioambientales, sosteniendo que cualquier escalonamiento de estos caudales solo sería aceptable en aquellas masas de agua que no pudieran ver prorrogados sus objetivos. En este sentido, argumentan que en el curso medio del río Tajo, todas las masas de agua del tipo río están relacionadas o se ven afectadas por espacios protegidos que acogen hábitats o especies vinculadas al agua.
Asimismo, recuerdan que las cinco sentencias emitidas por el Tribunal Supremo en 2019 requerían que el Plan Hidrológico estableciera caudales ecológicos con todas sus fases en todas las masas de agua del Tajo, incluido el tramo medio del río. En este contexto, la nueva sentencia contra el Plan del tercer ciclo, emitida seis años después, refuerza la idea de que los caudales mínimos no pueden escalarse en las masas de agua asociadas a espacios protegidos.