Castilla-La Mancha regula por primera vez la movilidad interna voluntaria en el ámbito de Atención Primaria y de la Gerencia de Urgencias y Emergencias

Castilla-La Mancha ha regulado por primera vez la movilidad interna voluntaria en el ámbito de la Atención Primaria y de la Gerencia de Urgencias, Emergencias y Transporte Sanitario del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, dando respuesta así a una demanda reiterada de los profesionales.

Tras su aprobación en Mesa Sectorial el pasado 20 de enero, el Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado esta semana sendas resoluciones de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social por la que se dispone la publicación de los Pactos que van a  regular estos procedimientos. En ambos casos, se trata de un procedimiento ágil, abierto y permanente.

La regulación de estos procesos permitirá optimizar los recursos humanos, facilitando, a su vez, al personal estatutario cambios de puesto de trabajo dentro del ámbito de su nombramiento, aumentando su nivel de satisfacción y, como consecuencia, mejorando la calidad asistencial y el grado de satisfacción de los pacientes.

En el caso de Atención Primaria, el pacto regula el procedimiento de movilidad interna del personal estatutario fijo que presta servicios en este ámbito asistencial, definiendo los criterios reguladores y fijando los requisitos exigibles para que este personal pueda participar tanto en la movilidad interna temporal entre Zonas Básicas de Salud como en los acoplamientos internos en la Zona Básica de Salud.

En cuanto a la Gerencia de Urgencias, Emergencias y Transporte Sanitario, la movilidad interna supone la adscripción voluntaria y temporal del personal estatutario fijo con plaza en propiedad dentro de una Unidad Móvil de Emergencias, Soporte Vital Avanzado con Enfermería y el Centro Coordinador de Urgencias, a otro puesto de trabajo de la misma categoría profesional, dentro del mismo ámbito.

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