La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de Castilla-La Mancha ha dado a conocer la aprobación del censo fiscal de las máquinas o aparatos de juego existentes con autorización de explotación dentro de la región, actualizado al 1 de enero de 2024. La información detallada sobre este censo se encuentra disponible en el portal tributario de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha este lunes y recogido por Europa Press, se establece que los propietarios de las autorizaciones de explotación —sujetos pasivos— tendrán un periodo de diez días hábiles, a partir de este martes, para presentar alegaciones. Estas deben remitirse a la Delegación Provincial de Hacienda y Administraciones Públicas correspondiente, que tendrá la responsabilidad de resolverlas.
Las decisiones tomadas respecto a las alegaciones presentadas podrán ser objeto de recurso de reposición o de reclamación económico administrativa al momento en que se realicen las liquidaciones relacionadas con las máquinas de juego implicadas.
Una vez concluido el periodo de alegaciones, las Delegaciones Provinciales procederán a practicar las liquidaciones pertinentes, ajustándose a lo reflejado en el censo y a las eventuales modificaciones derivadas de las alegaciones aceptadas.
Los pagos de los tributos correspondientes a este periodo se efectuarán entre el 1 y el 20 de abril, utilizando cualquiera de los métodos previstos y cumpliendo con los requisitos y condiciones marcados por la normativa de recaudación administrativa. El portal tributario facilitará la obtención de los documentos necesarios para el pago, especificando además los modos y lugares donde efectuarlo.
La falta de pago en el plazo señalado, a menos que se enmarque en alguna excepción legalmente prevista, desencadenará el comienzo del periodo ejecutivo con sus recargos correspondientes y la ejecución inmediata de las fianzas depositadas, tal y como dispone el Decreto 5/2022 del Régimen Administrativo del Juego en la región.
Asimismo, la resolución publicada en el Diario Oficial actuará como notificación colectiva para todos los sujetos pasivos, en alineación con la Ley General Tributaria. Contra las liquidaciones realizadas, los afectados podrán presentar, a elección propia, recurso de reposición o reclamación económico-administrativa, no siendo posible la simultaneidad de ambos recursos, y deberán hacerlo dentro del mes siguiente al término del periodo voluntario de pago. Cualquier reclamación se dirigirá a la mencionada Delegación Provincial, que en caso de reclamación económico administrativa, derivará la cuestión al Tribunal Económico-Administrativo competente.