Aplazado al 12 de septiembre el juicio por el crimen de Las Ventas de Retamosa al no presentarse una acusada

El juicio por el crimen de Las Ventas de Retamosa (Toledo), saldado con el asesinato de una mujer y el intento de asesinato de su hijo de 12 años el 4 de mayo de 2018 por parte de un sicario contratado por un matrimonio que conocía a la víctima por haber trabajado para ellos como empleada del hogar, está previsto que se aplace al 12 de septiembre al no haberse presentado este lunes en la Audiencia Provincial de Toledo una de las acusadas, concretamente la pareja sentimental del presunto sicario.

Fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha han explicado que la previsión, y ya se ha comunicado a las partes, es que el juicio se aplace al 12 de septiembre. No obstante, hasta que no se elija al jurado popular, algo que se está produciendo en estos momentos, esta decisión no será efectiva.

Según el escrito de acusación del Ministerio Fiscal, recogido por Europa Press, los acusados L.C.M. (conocido como ‘El Vacas’) y su esposa, M.C.M.V, junto a las víctimas M.M.A y su hijo D.B.M. y su familia, vivían en Las Ventas de Retamosa.

Todos ellos se conocían con motivo de haber trabajado M.M.A. para ellos, primero cuidando al padre de L.C.M. y posteriormente como empleada de hogar para la familia C.M. Fue ahí cuando comenzaron las desavenencias entre ambas partes, motivadas tanto por determinadas conductas extramatrimoniales de M.C.M.V., presenciadas por M.M.A., como por el comportamiento amenazador de L.C.M. al no quererle revelar lo anterior M.M.A. y acusarla de haberse apropiado de 30.000 euros que los acusados tenían escondidos en su domicilio.

El matrimonio conminaba con causarle algún mal a M.M.A. y a su familia. De hecho, L.C.M. tenía una pistola que le exhibía a la vez que la amenazaba, lo que causó temor a la víctima e impedía que los denunciase.

Como consecuencia de las quejas de M.M.A., la pareja fue expulsada del pueblo –destierro que acordaron los patriarcas de la zona por el comportamiento del matrimonio en la localidad en aplicación de los usos y costumbres mercheras– y de lo que responsabilizaron a M.M.A. El día de la expulsión fue llamada M.M.A., la cual asistió en compañía de su hija S.B.M., y en ese momento el matrimonio la amenazó con matarla a ella y a sus hijos.

CONTRATARON A UN TERCERO A CAMBIO DE DINERO

Los acusados, en compañía de sus cuatro hijos, se marcharon a residir, temporalmente, a Badalona (Barcelona), dándose la circunstancia de que M.C.M.V. tenía una hermana (M.P.M.V.) residiendo en la localidad de Sant Adriá de Besós, localidad donde pasó su infancia el acusado R.R.A. y a escasos 12 kilómetros de la localidad de Moncada y Reixach, donde residía, en el momento de los hechos, en compañía de su pareja sentimental la también acusada A.S.A., y con el que les fue fácil contactar al moverse ambas partes por los mismos ambientes de delincuencia.

Antes del día 4 de mayo de 2018 la pareja contrató los servicios de R.R.A., para que a cambio de una cantidad de dinero acabara con la vida de M.M.A. y de su hijo, a los cuales no conocía.

La compañera sentimental del presunto sicario, con conocimiento de la comisión del ataque a la vida de M.M.A. y de su hijo D.B.M., ayudó a R.R.A. a beneficiarse del delito recibiendo en su cuenta bancaria 400 euros, a sabiendas de su procedencia ilícita, parte del dinero acordado por la comisión del hecho ilícito llevado a cabo por su compañero sentimental, y por el silencio de su compañero para no delatar a L.C.M. y M.C.M.V. disponiendo de dichas cantidades.

Los acusados R.R.A. y L.C.M. antes del día 4 de mayo de 2018, se desplazaron desde la localidad de Barcelona hasta la localidad madrileña de Torrejón de la Calzada. R.R.A. se dirigió a Las Ventas de Retamosa e interceptó el vehículo de la víctima, que viajaba con su hijo menor D.B.M.

Una vez logró que esta detuviera la marcha, empuñando la pistola de calibre 7,65 milímetros, efectuó siete disparos por el cristal de la ventanilla del lado del conductor, sin posibilidad de reacción de defensa por parte de la misma ante un ataque inesperado y sorpresivo, lo que provocó su fallecimiento, aceptando de igual modo la posibilidad de que alguno de los disparos alcanzase al menor D.B.M., pudiendo causarle la muerte.

En este crimen, hay un cuarto acusado, E.M.V., que, con conocimiento de todos los hechos ejecutados, actuó intentando eliminar pruebas, primero intentando comunicarse con otros internos de la prisión de Ocaña con la intención de que el acusado R.R.A. no declarara sobre las circunstancias del hecho, diciéndole que le pasarían dinero para que no les faltase nada a el y a A.S.A., y que al resultar infructuosos esos intentos encomendó a un abogado, cuyos honorarios eran satisfechos por la familia de L.C.M. y M.C.M.V.

El fiscal señala además que los acusados no padecían ninguna patología ni afección que les impidiera conocer el alcance de sus actos. A R.R.A se le juzga además por un delito de tenencia ilícita de armas, otro de robo con fuerza y otro de robo.

PENAS E INDEMNIZACIONES

El fiscal pide una pena de 46 años de cárcel para R.R.A por los delitos de asesinato y asesinato en grado de tentativa, por los delitos de tenencia ilícita de armas, así como el delito de robo con fuerza. A L.C.M. y M.C.M.V. le impone una pena de 40 años de prisión para cada uno de ellos por los delitos de asesinato y asesinato en grado de tentativa.

La fallecida, vivía con su hijos menores D.B.M. y S.B.M, los cuales dependían económicamente de ella. En el mismo domicilio conviva con su pareja sentimental A.E.B y la víctima mantenía una relación diaria con su madre M.A.F.

La indemnización total que deben abonar los tres acusados conjunta y solidariamente, a petición del Ministerio Público, asciende a casi 350.000 euros: 100.000 para una de las hijas de la víctima, 147.000 euros para el segundo hijo que presenció los hechos, 50.000 para su pareja y otros 50.000 para su madre.

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