La Dirección General de Alimentación ha concedido una autorización excepcional para la producción de ganado ecológico en Castilla-La Mancha debido a la sequía catalogada como «catastrófica». Esta medida permite a los operadores proporcionar alimento no ecológico a sus animales de manera excepcional hasta el 30 de noviembre de 2021.
La resolución específica que las solicitudes deberán entregarse al organismo de control encargado de supervisar la producción ecológica y aprobadas por la Dirección General de Alimentación. Asimismo, se deberá informar al organismo correspondiente y al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para la supervisión y el control pertinente, que mediante el sistema OFIS de la Comisión Europea se comunicará.
Para garantizar un seguimiento adecuado por parte del organismo encargado de supervisar la producción ecológica, está obligatoria la elaboración de un registro documental de los alimentos no ecológicos empleados en el período de excepción.
Los organismos autorizados por la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural también deberán cumplir con las resoluciones emitidas por la Dirección General de Alimentación cuando realicen visitas de control para la certificación de la producción ecológica.
Durante este período excepcional, se permitirá el uso de materiales agrícolas no ecológicos para alimentar a los animales específicos si se encuentran en el Catálogo de materias primas para piensos del Reglamento UE 68/2013, siempre y cuando no contengan productos químicos ni organismos genéticamente modificados.
Se podrán solicitar dos tipos de alimentos no ecológicos: forraje y paja, y grano y pienso. La suma de ambos no debe superar el 50% del total de alimento no ecológico solicitado, y la cantidad solicitada debe corresponder a la cantidad que consumirán los animales en el período de excepción.
La medida tomada por la Dirección General de Alimentación entrará en vigencia inmediatamente y tendrá vigencia hasta el 30 de noviembre de 2021. La situación se revisará antes de la fecha de finalización para evaluar si es necesario extender la excepción. La medida también se actualizará en función de los datos de producción y la sequía. En cualquier caso, la Dirección General de Alimentación podrá suspender o modificar la medida en consecuencia.