La Viceconsejería de Servicios y Prestaciones Sociales ha dado a conocer la disponibilidad de un crédito presupuestario destinado a subvenciones para financiar proyectos de acción humanitaria y de emergencia durante el año 2025. La convocatoria para solicitar estas ayudas se abrirá este martes y estará disponible hasta el 31 de octubre.
De acuerdo con la resolución publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y citada por Europa Press, pueden participar en esta convocatoria las entidades que cumplan con los requisitos estipulados en el Decreto que regula la concesión directa de subvenciones para proyectos de acción humanitaria y de emergencia, tanto al momento de presentar la solicitud como posteriormente.
El crédito destinado a estas subvenciones asciende a 427.390 euros, y se establece que la subvención máxima podrá cubrir el 100 por ciento del coste total del proyecto, con un límite de 30.000 euros por cada solicitud presentada.
Las solicitudes deberán ser dirigidas a la Viceconsejería de Servicios y Prestaciones Sociales de la Consejería de Bienestar Social y se deberán presentar de manera telemática mediante firma electrónica. La presentación debe realizarse a través del modelo habilitado en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, accesible en http://www.jccm.es, donde también quedará registrada.
Además de la solicitud, se debe incluir un formulario del proyecto, que será anexado a través de la misma plataforma. Por su parte, los documentos originales necesarios para la concesión de la subvención deben ser digitalizados y presentados como anexos.
Para facilitar el proceso, las entidades solicitantes deben registrarse en la Plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, disponible en https://notifica.jccm.es/notifica. Se permitirá la presentación de una única solicitud por proyecto y entidad o agrupación de entidades, con la opción de presentar hasta dos solicitudes si la primera no es resuelta favorablemente.
En circunstancias excepcionales, también se podrá presentar una segunda solicitud para aquellas entidades que ya hayan recibido una subvención previa para un proyecto de acción humanitaria, en caso de que se produzca una emergencia grave e inesperada en alguno de los países mencionados en el Decreto 48/2017, de 25 de julio, y donde no se hayan presentado solicitudes de otras entidades, o si la magnitud de la emergencia así lo requiere.