Abierto el plazo de movilidad para docentes de religión en CLM

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Los docentes de religión que trabajan en centros públicos de Castilla-La Mancha tienen hasta el próximo 13 de mayo para presentar su solicitud de movilidad de cara al curso 2026-2027. La Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación publicó el 6 de mayo en el DOCM la resolución que regula este proceso, firmada el 29 de abril, y el plazo arranca el día 7 sin posibilidad de prórroga.

Qué es el proceso de movilidad del profesorado de religión

El proceso de movilidad permite a los docentes de religión en Educación Infantil, Primaria y Secundaria solicitar un cambio de destino para el próximo curso. Es un procedimiento específico para este colectivo, distinto del concurso general de traslados que afecta al resto del profesorado, y se regula por la Orden 53/2022, de 8 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha.

A diferencia de otros cuerpos docentes, los profesores de religión dependen en su designación de la autoridad eclesiástica, pero su adscripción a los centros corresponde a la administración educativa autonómica. La movilidad es el mecanismo previsto para gestionar los cambios de destino dentro de la red de centros públicos de la región. En ese contexto, los obispos de Castilla-La Mancha también han subrayado recientemente la relevancia de esta asignatura en los centros públicos.

Cómo y dónde presentar la solicitud

Las solicitudes se tramitan exclusivamente a través del Portal de Personal Docente de la Junta de Castilla-La Mancha. Una vez dentro, hay que seleccionar el apartado «Convocatorias» y acceder a «Profesorado de Religión». No hay presentación en papel ni en registro presencial para este trámite.

El plazo va del 7 al 13 de mayo de 2026, ambos días incluidos. La plataforma no admite solicitudes fuera de ese margen, por lo que se recomienda no dejarlo para el último día y comprobar que el acceso al portal funciona correctamente antes de intentar enviarla.

Plazas disponibles y criterios de adjudicación

La convocatoria se publica junto a la relación de puestos de trabajo (RPT) prevista para el curso 2026-2027 y el baremo definitivo de bolsas provinciales. La RPT recoge las vacantes disponibles por provincia y etapa educativa, y el baremo establece el orden de prelación entre los solicitantes.

Los criterios de adjudicación siguen lo establecido en la Orden 53/2022: méritos acreditados, antigüedad en el cuerpo y preferencia de destino declarada en la solicitud. No se asignan plazas por sorteo ni por ningún procedimiento alternativo.

Quién puede participar

Pueden solicitar la movilidad los docentes de religión en activo en centros públicos de la región durante el curso 2025-2026 que cumplan los requisitos de la normativa. El sindicato ANPE Castilla-La Mancha señala que el calendario publicado no admite ampliaciones, por lo que conviene tramitar la solicitud con tiempo para evitar imprevistos técnicos en la plataforma.

La actividad sindical en el ámbito educativo de la región ha sido intensa en las últimas semanas, con varias convocatorias y resoluciones que afectan a distintos colectivos de docentes en Castilla-La Mancha.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo es el plazo para solicitar la movilidad?

Del 7 al 13 de mayo de 2026, ambos inclusive. No hay ampliación de plazo prevista.

¿Dónde se presenta la solicitud?

En el Portal de Personal Docente de la Junta de Castilla-La Mancha, dentro del apartado «Convocatorias» > «Profesorado de Religión». No se admiten solicitudes presenciales.

¿Qué etapas educativas están incluidas?

La convocatoria abarca el profesorado de religión en Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria.

¿Qué normativa regula este proceso?

La Resolución de 29 de abril de 2026 de la Dirección General de Recursos Humanos y la Orden 53/2022, de 8 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha.

¿Cómo se decide quién obtiene cada plaza?

Se aplica el baremo de bolsas provinciales, que tiene en cuenta los méritos acreditados, la antigüedad en el cuerpo y la preferencia de destino declarada en la solicitud, según lo establecido en la Orden 53/2022.

Fuente: ANPE Castilla-La Mancha (nota original).

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