Mantienen a Puigdemont procesado por desobediencia y malversación, pero no por desórdenes públicos, según Llarena.

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El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha emitido una sentencia este martes en la que desestima todos los recursos que habían sido presentados contra los términos de los que el magistrado había aplicado al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y al resto de líderes independentistas huidos de la justicia.

Estas personas eran Antonio Comín, Lluis Puig, Clara Ponsatí y Marta Rovira. Los recursos habían sido presentados tanto por las defensas de los procesados, a excepción de la defensa de Marta Rovira, como por la Abogacía del Estado y la Fiscalía.

El auto emitido por Llarena implica que Carles Puigdemont, Antonio Comín y Lluis Puig quedan procesados en rebeldía por malversación y desobediencia. Por otro lado, Marta Rovira y Clara Ponsatí solo son procesadas por desobediencia, ya que no fueron acusadas de malversación.

La sentencia de Llarena se apoya en la reciente reforma del Código Penal. Esta reforma derogó el delito de sedición y reformó el de malversación. La decisión del magistrado se ha producido después de que los procesados y sus representantes presentaran recursos contra la aplicación de la reforma. Cabe recordar que dicha reforma fue adoptada por el Gobierno de España en 2019.

El auto de Llarena es el último capítulo en el largo proceso judicial que se ha desarrollado en España en relación a los líderes independentistas que promovieron la celebración de un referéndum de autodeterminación en Cataluña en octubre de 2017. El referéndum se realizó a pesar de la negativa del gobierno español y fue declarado ilegal por el Tribunal Constitucional.

Los organizadores del referéndum fueron luego perseguidos por el régimen legal y dos años después de la celebración del referéndum, se inició el juicio contra ellos. El juicio se prolongó durante meses y finalmente, en octubre de 2019, el Tribunal Supremo condenó a los líderes independentistas por delitos como sedición y malversación de fondos públicos. La condena fue de entre 9 y 13 años de prisión para cada uno de los acusados.

La sentencia de Llarena que se ha emitido recientemente se refiere a los recursos que se presentaron por la aplicación al caso de la reforma del Código Penal aprobada en 2019.

La decisión de Llarena ha sido criticada por algunas partes, que argumentan que la reforma del Código Penal no puede ser aplicada retroactivamente. Sin embargo, Llarena defiende su decisión, señalando que la reforma del Código Penal hace posible la aplicación de lo que considera una “interpretación más precisa de las leyes”.

La sentencia de Llarena es un nuevo episodio en la compleja situación política que se vive en España en relación a la cuestión catalana. Todavía queda por ver cómo afectará la decisión del magistrado a la situación política y judicial en Cataluña y en España en general.

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