Siete elementos indispensables que debe contener la Ley de Vivienda en España

Las organizaciones que conforman el Grupo de Monitoreo de la Sociedad Civil para el cumplimiento de los dictámenes del Comité DESC en el Estado Español se han dirigido por carta al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 para pedir la adopción urgente de una Ley de Vivienda en España.

Las organizaciones hacen públicos los siete elementos indispensables que debe contener esta Ley, siete meses después de que se iniciara la recogida de comentarios para el Anteproyecto y están a la espera de que el Gobierno informe del calendario de adopción de la nueva normativa, así como del estado de tramitación de la misma.

Las organizaciones emplazan al gobierno a que la ley de vivienda:

  1. Defina la vivienda como un derecho humano subjetivo, detalle el contenido y alcance de este derecho y las obligaciones de las administraciones, y establezca recursos judiciales ante la vulneración del mismo, incrementando así las garantías de protección de este derecho.
  2. Establezca la obligación de disponer de un parque social de viviendas que asegure el acceso a la vivienda, especialmente de las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad e incluya la obligación de progresividad en el número de viviendas que integran al mismo.
  3. Incluya la obligación de asegurar que las personas que han sido desalojadas de su vivienda tengan acceso a una vivienda alternativa adecuada que respete los estándares internacionales del derecho a la vivienda y por lo tanto incluya la prohibición de desalojos cuando estos puedan tener como consecuencia situaciones de calle y sinhogarismo.
  4. Incluya la obligación de recopilar estadísticas sobre las personas que han perdido su hogar de manera desagregada por edad, sexo, entre otros aspectos.
  5. Comprenda la obligación de que los jueces/as puedan considerar la situación de una persona en riesgo de pérdida de su hogar antes de dictar la orden de desahucio. En este sentido, es necesaria una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  6. Introduzca un mecanismo de control de precios en las viviendas de alquiler que garanticen la asequibilidad de la vivienda.
  7. Contemple las reformas legales necesarias para que se cumplan las recomendaciones de Naciones Unidas que exigen reparación efectiva a las víctimas cuya situación ha sido objeto de un dictamen condenatorio por parte del Comité de derechos económicos, sociales y culturales y se adopte un protocolo para el cumplimiento de las solicitudes de medidas provisionales emitidas por el Comité, informando a todas las autoridades pertinentes de la necesidad de respetarlas.

Incumplimiento frecuente de obligaciones internacionales en relación con el derecho a la vivienda

Las organizaciones recuerdan que España ha sido objeto deseisdictámenesdesde el año 2015 al 2021 en los que el Comité de derechos económicos, sociales y culturales de Naciones Unidas -órgano que se encarga de vigilar el cumplimiento del Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales, ratificado por España en 1977- ha concluido que España estaba vulnerando el derecho a la vivienda.

Por su parte, el Relator especial sobre la extrema pobreza y derechos humanos de Naciones Unidas después de su visita a España instó a las autoridades a “tomarse en serio el derecho a la vivienda”, y aprobar una nueva ley sobre el derecho a la vivienda, aumentar considerablemente las inversiones en vivienda protegida, adoptar medidas para reducir las viviendas vacías, controlar los alquileres en las principales ciudades, proteger mejor a los hogares vulnerables contra los cortes de electricidad y apoyar más a las personas que corren el riesgo de quedarse sin hogar, entre otras cuestiones.

El Comité de derechos económicos, sociales y culturales de Naciones Unidas también ha instado a España a asegurarse que su legislación y su aplicación sean conformes con las obligaciones establecidas en el Pacto internacional y ha recordado su obligación de prevenir violaciones del derecho a la vivienda.

Información sobre el derecho a la vivienda en España

Las organizaciones reconocen que se han adoptado algunas medidas positivas durante esta legislatura, pero han sido insuficientes para abordar la crisis de vivienda que sufre el país en los últimos años. En este sentido, destacan los siguientes datos que muestran la situación de este derecho en España:

  • Alto número de desalojos: Desde el año 2013 hasta el 2021, se han producido en España 469.513 desalojos, 274.618 por impago del alquiler, 172.693 por impago de la hipoteca y 22.202 por otras cuestiones. En 2020 hubo un total de 29.406 desalojos. 21.145 por impago del alquiler, 6.915 por impago de la hipoteca y 1.346 por otros motivos, destacándose un repunte de los desalojos en el último trimestre del año.
  • Ausencia de estadísticas sobre personas que han perdido su vivienda: Casi una década después de que Naciones Unidas pidiera desglosar las cifras de personas sin vivienda,las estadísticas sobre desalojos no muestran el número de personas que han perdido su vivienda como consecuencia de un desalojo, ni por tanto existen datos desagregados que permitan obtener un diagnóstico sobre el acceso y disfrute del derecho a la vivienda en España y diseñar estrategias ajustadas a la realidad.
  • Escaso parque de vivienda social: España cuenta con un parque de viviendas que representa el 2,5% del total de viviendas. Se encuentra a más de 6,5 puntos porcentuales por debajo de la media de los países de la Unión Europea, que se sitúa en el 9% aproximadamente. España sólo supera a Eslovaquia, Bulgaria, Portugal, Estonia, Croacia, Rumanía, Grecia o Chipre y está muy alejada de países como Holanda (30%), Austria (24%) Dinamarca (20%) Suecia (19%), Reino Unido (17,6%) y Francia (16%).
  • Asequibilidad de la vivienda:
    • El 37% de la población que vive en una vivienda de alquiler, dedica a los gastos de vivienda más del 40% de sus ingresos, porcentaje sólo superado en la OCDE por Grecia (83%), Macedonia (61%) y Montenegro, Bulgaria, Serbia y Rumanía con porcentajes que van del 39,8% al 56%.
    • En los últimos diez años, la vivienda en alquiler ha subido de media un 40,6% y durante los últimos cinco un 50%.
    • Viviendas vacías: Según el último censo de 2011, existen 3.4 millones de viviendas vacías.

Las organizaciones del Grupo de Monitoreo de la Sociedad Civil para el cumplimiento de los dictámenes del Comité DESC en el Estado Español son: Amnistía Internacional, Arquitectura Sin Fronteras (ASF), Cáritas Española, Centro de Asesoría y Estudios Sociales (CAES), FEANTSA, Federación de Asociaciones Vecinales de Barcelona (FAVB), Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM), Fundación del Consejo General de la Abogacía, Observatori DESC, Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), Provivienda, Sindicato de Inquilinos, y Red-DESC internacional(ESCR-Net)

Información complementaria sobre Castilla-La Mancha

Amnistía Internacional recuerda que Castilla-La Mancha continua sin aprobar una Ley de Vivienda que regule el derecho a la vivienda como un derecho subjetivo. En los últimos años, la organización ha propuesto en numerosas ocasiones que esta legsilacion incluya medidas como:

Incrementar el parque de vivienda social para hacer frente al volumen de desalojos en Castilla-La Mancha.

Realizar un censo general de viviendas vacías en Castilla-La Mancha. Las administraciones públicas tienen el deber de utilizar el máximo de recursos disponibles para hacer efectivo el derecho a la vivienda.

Hacer un diagnóstico de las necesidades de vivienda de la población, con el fin de elaborar políticas de vivienda orientadas a satisfacer las necesidades de los colectivos en situación de mayor vulnerabilidad. Para ello es necesario contar con datos desagregados de cuántas personas han perdido la vivienda como resultado de un desalojo: cuántas de ellas son mujeres, menores, personas mayores, personas con discapacidad, etc. Por ejemplo, en 2020 hubo 718 (en 2019, 1144) desahucios de viviendas en alquiler en Castilla-La Mancha pero se desconoce a cuántas personas afectaron.

Asimismo, Amnistía Internacional Castilla-La Mancha recuerda la importancia de cumplir con el protocolo de coordinación entre juzgados y servicios sociales para que en cuanto exista un proceso de desalojo se contacte con los servicios sociales para garantizar una vivienda adecuada alternativa para las personas que no puedan proveerse de una por sus propios medios. Ello en cumplimiento del dictamen 5/2015 del Comité DESC de Naciones Unidas que compete a todos los niveles de administración del Estado.

Scroll al inicio