El desahucio de Maricarmen, una mujer de 87 años que llevaba 71 años viviendo en una vivienda de Madrid, ha vuelto a situar el problema de la vivienda y los alquileres de renta antigua en el centro del debate en España. El lanzamiento se ejecutó el 23 de septiembre, después de un proceso judicial que comenzó tras la decisión de la propiedad de recuperar el inmueble y que terminó con el contrato declarado extinguido.
Las claves del caso de Maricarmen en 30 segundos
- Maricarmen tiene 87 años y vivía desde 1956 en un piso del distrito madrileño de Retiro.
- El contrato de alquiler pasó de su padre a su madre y después a ella mediante dos subrogaciones.
- La disputa sobre la duración de ese contrato llegó al Tribunal Supremo, que dejó firme la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid.
- El desahucio se ejecutó el 23 de septiembre tras varios intentos anteriores.
- La propiedad planteó después una fórmula para facilitar su regreso, pero el Ayuntamiento de Madrid la rechazó por considerar que no cumplía los requisitos del programa municipal.
La historia ha trascendido las calles del barrio madrileño de Retiro. El caso ha generado concentraciones y reacciones en distintas partes de España y ha puesto el foco en una situación que también afecta a otros hogares: qué ocurre cuando un contrato de alquiler muy antiguo termina después de varias décadas y la persona que ocupa la vivienda es una persona mayor.
En Madrid, más de 70 años después de que se firmara aquel contrato, la situación terminó con la intervención de una comisión judicial. Maricarmen fue trasladada en camilla por los servicios sanitarios y posteriormente ingresó en el Hospital Gregorio Marañón.
Un contrato firmado en 1956 que acabó en el Tribunal Supremo
El contrato original fue firmado por el padre de Maricarmen en 1956. Tras su fallecimiento, pasó a su esposa y posteriormente a Maricarmen. Esta última subrogación, producida después de la muerte de su madre en 2005, fue uno de los puntos centrales de la disputa judicial.
Urbagestión Desarrollo e Inversión S.L., propietaria del inmueble, demandó a la inquilina al considerar que la segunda subrogación no podía tener carácter vitalicio porque no se cumplían las condiciones previstas en la disposición transitoria segunda de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994.
El caso tuvo un recorrido judicial complejo. Una primera resolución dio la razón a Maricarmen, pero la Audiencia Provincial de Madrid revocó posteriormente esa decisión y declaró extinguido el contrato por expiración del plazo.
La Audiencia diferenció entre la existencia de la subrogación y su duración. Según la resolución, el contrato se había extinguido dos años después de la segunda subrogación, aunque la permanencia posterior de Maricarmen y el pago de las rentas habían generado una situación de tácita reconducción con renovaciones anuales.
Maricarmen recurrió al Tribunal Supremo. La Sala de lo Civil inadmitió el recurso mediante un auto de diciembre de 2023 y dejó firme la resolución de la Audiencia Provincial. Tras esa decisión, el juzgado encargado de ejecutar la sentencia fijó el lanzamiento para el 23 de septiembre de 2026.
La renta antigua y el cambio de propietario
La vivienda estaba sometida a un contrato de renta antigua. Las informaciones publicadas durante el conflicto sitúan el alquiler histórico en torno a los 500 euros mensuales, aunque las cifras difundidas sobre las nuevas condiciones económicas han variado según la fuente y el momento.
RTVE informó de que la propiedad había planteado un incremento que situaba el alquiler por encima de los 2.600 euros mensuales, mientras otras informaciones han recogido una propuesta de 1.650 euros. Los colectivos que apoyaban a Maricarmen hablaron de un aumento muy elevado respecto a la renta que venía pagando.
La propiedad del edificio pasó a Urbagestión en 2018. La empresa se presenta como una plataforma dedicada a la inversión y gestión de activos inmobiliarios y ha rechazado públicamente que se la defina como un fondo de inversión de tipo buitre.
El conflicto no se limitó a la cuestión del precio. Durante el proceso aparecieron distintas propuestas para evitar el lanzamiento, entre ellas ofertas de terceros para asumir el coste del alquiler. La representación de Maricarmen sostuvo que no se había alcanzado un acuerdo con la propiedad.
La propiedad propone una solución y el Ayuntamiento la rechaza
Después del desahucio, Urbagestión presentó al Ayuntamiento de Madrid una propuesta para que Maricarmen pudiera regresar a la vivienda.
La empresa planteó incorporar el piso al programa ReViVa, una iniciativa municipal destinada a favorecer el alquiler. Según explicó la compañía, pretendía coordinar con el Ayuntamiento y otras administraciones una solución que permitiera a Maricarmen volver a la vivienda con una alternativa que calificó de estable y asequible.
La Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid (EMVS) rechazó la propuesta el 25 de septiembre. El consistorio argumentó que la incorporación del inmueble al programa no cumplía los requisitos legales establecidos en sus bases ni los correspondientes a otros programas municipales de compra de vivienda.
El Ayuntamiento ofreció en su lugar servicios de intermediación para buscar una solución habitacional. La situación, por tanto, continuó abierta después del desahucio.
El caso también ha tenido eco fuera de Madrid. En La Rioja, por ejemplo, más de un millar de personas se concentraron en Logroño para mostrar su apoyo a Maricarmen. El episodio coincidió además con otros procedimientos de desahucio en distintas comunidades, lo que ha ampliado el debate sobre las dificultades para encontrar una alternativa residencial cuando una persona pierde su vivienda.
La discusión tiene una dimensión jurídica que ya ha sido resuelta por los tribunales y otra social que permanece abierta. La primera gira alrededor de la duración del contrato firmado en 1956 y de las reglas aplicables a sus sucesivas subrogaciones. La segunda afecta a la capacidad de las administraciones para ofrecer una alternativa cuando una persona mayor pierde la vivienda en la que ha pasado la mayor parte de su vida.
El caso de Maricarmen también ha vuelto a poner sobre la mesa la situación de los contratos de renta antigua. Son arrendamientos nacidos bajo una legislación diferente a la actual y que, en algunos casos, han permanecido durante décadas mediante mecanismos de subrogación. Cuando esos contratos llegan a su final, la diferencia entre las rentas históricas y las condiciones del mercado puede generar situaciones difíciles de resolver.
Por ahora, el episodio sigue teniendo dos escenarios. Por un lado, el judicial, que quedó cerrado con la decisión que confirmó la extinción del contrato. Por otro, el residencial, en el que las administraciones y los representantes de Maricarmen continúan buscando una alternativa tras su salida de la vivienda.
Preguntas frecuentes
¿Quién es Maricarmen y por qué ha sido desahuciada?
Maricarmen tiene 87 años y vivía desde 1956 en una vivienda de Madrid. El desahucio se produjo después de un proceso judicial en el que los tribunales determinaron que el contrato de arrendamiento había llegado a su fin.
¿Qué es un alquiler de renta antigua?
Son contratos de arrendamiento sujetos a regímenes anteriores a la legislación actual y que pueden haber mantenido durante décadas condiciones económicas diferentes de las existentes en el mercado. El contrato de Maricarmen se remontaba a 1956.
¿Qué decidió el Tribunal Supremo?
El Tribunal Supremo inadmitió en diciembre de 2023 el recurso presentado por Maricarmen y dejó firme la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que había declarado extinguido el contrato.
¿Puede Maricarmen volver a su antigua vivienda?
Urbagestión propuso al Ayuntamiento una fórmula para facilitar su regreso mediante el programa ReViVa, pero la EMVS rechazó la propuesta al considerar que no cumplía los requisitos legales del programa. El Ayuntamiento ofreció vías de intermediación para buscar una alternativa.
vía: LinkedIN








