El Acuerdo fiscal entre la Iglesia y el Estado resultó insuficiente

La renuncia al Impuesto Municipal de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) por parte de la Iglesia, anunciada recientemente, ha generado opiniones dispares en la sociedad española. Por un lado, la decisión ha sido aplaudida por algunos sectores, que ven en ella una muestra de responsabilidad y de compromiso con el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Por otro lado, también hay quienes critican la medida, considerándola insuficiente y reclamando medidas más contundentes para reducir los privilegios de la Iglesia.

Lo cierto es que la exención del ICIO para las obras que realiza la Iglesia católica es una práctica muy extendida en España, que se remonta a la aprobación de la Ley de Mecenazgo en 2002. Esta norma estableció una serie de incentivos fiscales para las empresas y particulares que realizaran donaciones a la Iglesia y a otras entidades sin ánimo de lucro. Entre estos incentivos se incluyó la exención del ICIO para las obras realizadas por la Iglesia, lo que ha supuesto un importante ahorro para la institución.

Sin embargo, este privilegio ha sido objeto de controversia en los últimos tiempos, especialmente en un contexto de crisis económica y de recortes en servicios públicos esenciales. Muchos ciudadanos se preguntan por qué la Iglesia, una institución que goza de una gran riqueza y de numerosos privilegios fiscales, no contribuye de manera más justa al sostenimiento de los servicios públicos y a la reducción del déficit.

En este sentido, la renuncia anunciada por la Iglesia al ICIO supone un gesto importante, que puede contribuir a mejorar su imagen ante la sociedad. Se trata de una decisión que refleja un cierto sentido de responsabilidad y de compromiso con el interés general, y que puede servir de ejemplo para otras instituciones y sectores económicos.

No obstante, la renuncia al ICIO por parte de la Iglesia no resuelve el problema de fondo, que es el de los privilegios fiscales de la institución. Esta exención afecta únicamente a un impuesto local y no afecta a otros impuestos como el IBI o el IVA, que siguen estando exentos para muchas propiedades de la Iglesia. Además, la decisión de renunciar al ICIO es, en realidad, una exigencia legal, ya que la legislación estatal y de la Unión Europea solo contempla tres excepciones a este impuesto: las obras ejecutadas por el Estado, las comunidades autónomas o las entidades locales.

En definitiva, la renuncia al ICIO por parte de la Iglesia es un gesto significativo, pero insuficiente para resolver el problema de los privilegios fiscales de la institución. Es necesario llevar a cabo una reforma en profundidad del régimen fiscal de la Iglesia, que contemple la supresión de exenciones y deducciones injustificadas y que establezca una contribución más justa y equitativa de la institución al sostenimiento de los servicios públicos. Solo de esta manera se conseguirá que la Iglesia contribuya de manera efectiva y justa a la sociedad española.

Esta noticia es un resumen informativo de noticias, puedes ampliar esta información puedes buscar en Google News o tu diario online favorito.

Scroll al inicio